Venta de medicamentos en los supermercados

5 de noviembre de 2015

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La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) propone, en teoría para favorecer al consumidor, que los medicamentos sin receta puedan venderse en los supermercados.
La CNMC parte de una premisa falsa, que todos los medicamentos OTC son inocuos y todo el mundo los puede tomar. Voy a poner un ejemplo que afecta al paracetamol, el segundo medicamento más vendido en España, más de 32 millones de envases al año. Supongamos que una persona va al supermercado y coge una caja de paracetamol de un gramo porqué tiene lumbago; pasará por caja, se lo embolsará o no, pagará y sin más se irá. Vamos a suponer que otra persona hace lo mismo y va a una oficina de farmacia, el farmacéutico le dará la caja, se la embolsará o no, el cliente pagará y se irá. Si esto funciona así, entonces hay que darle la razón a la CNMC.
El supermercado vendió una caja de paracetamol y el farmacéutico también “vendió” una caja de paracetamol, pero la obligación del farmacéutico es “dispensarla” como acto de un profesional universitario especialista del medicamento. Debería haberle indicado al cliente, que el paracetamol no tiene efecto positivo sobre el lumbago y que mejor otro analgésico («Efficacy of paracetamol for acute low-back pain: a double-blind, randomised controlled trial»), también informarle, que el paracetamol tiene un alto riesgo de producir daño en el hígado, que no se debe tomar en ayunas, mejor después de las comidas, y que en USA la FDA el año 2011 comunicó a todos los laboratorios farmacéuticos, que en tres años debían retirar del mercado todos sus preparados de paracetamol, con más de 325 mg/dosis, y en 2014 ha confirmado su retirada («All manufacturers of prescription combination drug products with more than 325 mg of acetaminophen have discontinued marketing») advirtiendo a “todos los profesionales de la sanidad”, que no se debe tomar de una vez más de 325 mg, y además que se aconseje, que no se tome más de dos veces al día pues, no se mejora la analgesia y por el contrario aumenta el riesgo de lesión del hígado ( «FDA reminds health care professionals to stop dispensing prescription combination drug products with more than 325 mg of acetaminophen»). También se debe informar, que no se consuma alcohol mientras se está tratando con este medicamento, ya que activa la enzima que transforma el 10% de la dosis de paracetamol, en la molécula tóxica. Esta es la diferencia entre “vender en el supermercado” y “dispensar en la farmacia”. Así, podría poner centenares de ejemplos.
Una mayoría de los medicamentos de venta sin receta, son los que precisamente no se deberían liberalizar su venta fuera de las farmacias. Evidentemente, los de venta con receta tampoco, pero en éstos hay un médico que se responsabiliza de su prescripción, pero en los fármacos sin receta ha de ser precisamente el farmacéutico, el profesional que tiene como obligación velar por la salud de sus clientes y debe por tanto controlar y asesorar profesionalmente su “dispensación”, no su simple venta.
Pero mi pregunta es: ¿se hace esto realmente en todas las farmacias? Afortunadamente supongo que en muchas sí, pero algunas quizás únicamente “venden” medicamentos y éstas son las que están dando la razón al CNMC.
Me permito otras preguntas, con ánimo constructivo a mis colegas farmacéuticos. Desde el día que abrieron su oficina de farmacia, ¿a cuántos cursos de reciclaje en farmacología y terapéutica han asistido? ¿Cuántos libros de actualización en farmacología han estudiado? ¿Cuánto tiempo destinan al día a revisar alarmas y advertencias de la FDA, EMA (Agencia Europea del Medicamento), AEMPS (Agencia Española de Medicamentos) sobre interacciones, contraindicaciones, efectos adversos y Farmacogenética de los medicamentos? ¿Advierten de forma habitual a sus clientes sobre estas contingencias? ¿Se han preocupado de ponerse al día en Farmacogenética? ¿Consultan algún software de Farmacogenética que informe sobre las internaciones con diversos principios activos? y por tanto informan a los pacientes de la conveniencia de estudiar sus genes cuando, con receta o sin receta, solicita determinados medicamentos?.
Solamente si se responde que sí a la mayoría de estas preguntas se podrá justificar que los medicamentos se sigan “dispensando” sólo en las oficinas de farmacia, y no se permita “venderlos” en los supermercados. La exclusiva de la dispensación en farmacias ha de justificarse a través de un eficiente ejercicio profesional, no defendiendo derechos corporativos.
Pero volviendo a la dispensación del paracetamol, o del ibuprofeno, de la aspirina, de laxantes, antigripales, o de otros tantos, la otra pregunta es ¿por los pocos céntimos de margen bruto que deja esta venta, se puede ofrecer todo este asesoramiento profesional?
Se me podrá objetar que el ejemplo que he puesto del paracetamol, son normativas de la FDA en USA y en España la AEMPS no ha dicho nada al respecto. Mi experiencia es que cuando la FDA publica algo, se tardan dos años o más en que lo ratifique la EMA, y por lo menos otro año más la AEMPS, pero la realidad es que el paracetamol, al igual que otros muchos fármacos, son los mismos en USA que en España y las personas son tan vulnerables allí, como aquí. 
Dr. Juan Sabater-Tobella
European Specialist in Clinical Chemistry and Laboratory Medicine (EC4)
Member of the Pharmacogenomics Research Network

Presidente de EUGENOMIC®

EUGENOMIC® Asesores en Farmacogenética y Medicina Genómica

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